Comunicado ASPROUIS
La Universidad Industrial de Santander adelanta actualmente la discusión de dos iniciativas de especial relevancia para su comunidad académica. La primera corresponde a una propuesta de modificación parcial del Acuerdo 166 de 1993, Estatuto General de la Universidad, y del Acuerdo del Consejo Superior No. 057 de1994, orientada a formalizar cambios en la estructura académico-administrativa derivados de la creación de nuevas facultades y escuelas. La segunda corresponde al proyecto de acuerdo “Por el cual se establece e implementa la Estrategia Institucional de Medición y Fortalecimiento del Clima de Aula de la Universidad Industrial de Santander”, que busca establecer mecanismos institucionales para la comprensión y el mejoramiento de las experiencias de aprendizaje.
Frente a la propuesta de modificación del Estatuto General y de la estructura organizacional de la Universidad, desde la Asociación de Profesores UIS – ASPROUIS consideramos necesario que, antes de su aprobación, se propicien espacios amplios de información, socialización y discusión con la comunidad universitaria. Una modificación de esta naturaleza, aun cuando tenga un alcance parcial, incide en la organización institucional y, por tanto, requiere que se conozcan con claridad sus fundamentos, los criterios que sustentan la nueva estructura propuesta y los estudios de viabilidad realizados por la alta dirección universitaria.
En relación con el proyecto sobre clima de aula, reconocemos que la Universidad, en ejercicio de su autonomía, puede formular políticas y estrategias orientadas al mejoramiento de los ambientes académicos y de las experiencias de aprendizaje. No obstante, consideramos indispensable que esta iniciativa sea previamente socializada
y discutida con la comunidad universitaria, y que en su formulación, implementación y evaluación se establezcan garantías explícitas para la preservación de la libertad de cátedra.
La libertad de cátedra constituye un principio esencial de la actividad universitaria y comprende la autonomía académica del profesor para orientar los procesos de enseñanza dentro del marco institucional, curricular y normativo de la Universidad. En consecuencia, las estrategias destinadas a evaluar o fortalecer el clima de aula no
pueden convertirse en mecanismos de interferencia sobre las decisiones académicas propias del ejercicio docente ni restringir indebidamente la pluralidad de enfoques, metodologías y perspectivas que son inherentes a la vida universitaria.
Bucaramanga, octubre 5 de 2026
ASOCIACIÓN DE PROFESORES UIS “ASPROUIS”
JOHN FABER ARCHILA DÍAZ
PRESIDENTE

